ORGANOS DE GOBIERNO DEL AYUNTAMIENTO DE PUEBLA DE OBANDO
El gobierno y la administración de los Municipios corresponden al Ayuntamiento, integrado por el Alcalde y los concejales, cuyo número es variable en función de la población.
Para el Ayuntamiento de Puebla de Obando se contemplan los siguientes Órganos de Gobierno y sus funciones.
ALCALDE: El Alcalde es el Presidente de la Corporación y ostenta las funciones establecidas en el artículo 21 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
TENIENTE-ALCALDE: Nombrado por el Alcalde, y sustituye a este en caso de vacante, ausencia o enfermedad.
PLENO: Formado por el Alcalde y todos los Concejales de la Corporación sus atribuciones bienes designadas en el artículo 22 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
COMISION ESPECIAL DE CUENTAS: Dictamen sobre la cuenta general de cada ejercicio.
JUNTA DE GOBIERNO LOCAL: Integrada por el Alcalde y tres concejales designados por éste. Sus funciones se enumeran a continuación: